El viceministro de Hacienda, Fernando Rodríguez, explicó que había división en el tema. La Dirección General de Tributación consideraba que la modificación al artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que se realizó mediante la Ley de Banca para el Desarrollo, implicaba que a los extranjeros se les debía retener un 15% y a los nacionales un 8%.

Por ello, Tributación emitió una directriz, en el 2015, en la que estableció una tarifa de retención del 15% para los intereses o ganancias financieras de inversionistas extranjeros que no viven en Costa Rica.

Por su parte, el superintendente general de Valores, Carlos Arias, realizó una consulta a la Procuraduría General de la República sobre la tarifa del impuesto que se debía aplicar a los extranjeros, a la cual le respondieron mediante un dictamen del 16 de febrero del 2017.

En dicha respuesta, la Procuraduría concluyó que el cobro del 15% de renta a los intereses generados por inversiones en títulos valores a no domiciliados en el país es incorrecta y que la tasa es del 8%.

No obstante, Rodríguez explicó que el criterio no era vinculante para el Ministerio de Hacienda.

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Hacienda optó por presentar un proyecto de ley a la Asamblea Legislativa para aclarar el asunto.

“Esa diferencia de interpretación había creado mucha incertidumbre, por eso presentamos el proyecto a la Asamblea sobre el eventual tratamiento tributario y había hecho que mucha gente se corriera, no tanto porque la tasa fuera más alta, sino porque creaba una diferencia y creaba cierta incertidumbre”, comentó Rodríguez.

No obstante, ante las dificultades de liquidez que enfrenta el Ministerio de Hacienda, optaron por hacer ellos mismos la consulta a la Procuduría, la cual emitió un dictamen el 20 de setiembre pasado, en el cual le responde lo mismo que a Sugeval: que el tributo a extranjeros debe ser del 8%.

Esto debido a que consideró que las tarifas contenidas en el artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que modificó la Ley de Banca para el Desarrollo, no reforman la tarifa dispuesta en el artículo en el párrafo segundo, inciso c) del artículo 23 de la misma ley.

Rodríguez explicó que como el criterio de la Procuraduría es vinculante para Hacienda, el lunes 25 de setiembre del 2017 emitieron un hecho relevante explicando que la tarifa que se aplica a extranjeros es el 8%.

El viceministro consideró que esto le podría traer más liquidez al Ministerio de Hacienda en sus captaciones que realiza en el mercado; no obstante, en el pasado algunos analistas han expresado dudas, como por ejemplo, que esta disposición podría atraer al país "capital golondrina", que es aquel que ingresa fácil al país, pero también puede salir con facilidad.

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El viceministro dijo que seguirán adelante con el proyecto de ley, pues ayuda a aclarar el tema.

Consultado sobre qué pasará con los inversionistas a los cuales ya se les había cobrado un 15%, Rodríguez dijo que es un tema que deberá de estudiar Tributación.